Piden la nulidad del fallo que negó la verificación de fondos de Bacchiani 172

En un duro dictamen, el fiscal Vehils Ruiz consideró que la resolución del juez Contreras es “un acto ilegítimo, arbitrario y por lo tanto nulo”. Ahora, el magistrado deberá resolver si hace lugar o no a lo expuesto por la Fiscalía que se mostró a favor del pedido de la defensa del trader de comprobar la existencia de fondos.
miércoles, 10 de agosto de 2022 0:00

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Si hay algo que los inversores damnificados por la situación de la empresa Adhemar Capital quieren saber de una vez por todas es si Edgar Bacchiani cuenta o no con fondos que le permitan afrontar, por lo menos, una parte de la sideral deuda que mantiene con ellos. Por eso motivo, la mayoría de los querellantes de la causa, y también aquellos que no presentaron demandas judiciales, apoyan el pedido realizado por la defensa del trader de que la Justicia Federal le permita al imputado acceder a las plataformas en donde dice tener el capital para mostrar la existencia cierta o no de esos fondos.

 

Esta solicitud fue rechazada en reiteradas oportunidades por el juez Federal Miguel Ángel Contreras que, en la última oportunidad, argumentó que la verificación correspondía a los delitos de estafa, para lo cual había declarado la incompetencia de su juzgado para investigar.

 

El rechazo del magistrado fue duramente cuestionado por el fiscal federal Rafael Vehils Ruiz quien no solo se mostró a favor de la solicitud de la defensa, sino que señaló la grave omisión del juez de no notificar a la Fiscalía sobre dicho pedido.

 

El dictamen del fiscal se sustenta en la lógica de que la acusación contra Bacchiani es que captaba fondos del público para colocarlo en el mercado de las criptomonedas y que eran volcados al sistema financiero sin la debida autorización. Como la defensa sostiene que el dinero captado por el imputado era invertido en el mercado cripto, entendió que una forma de probar esa situación es a través del acceso a las plataformas en donde Bacchiani asegura tener los fondos. Por ese motivo, la Fiscalía consideró que el juez negó al imputado la posibilidad de aportar pruebas para su defensa, violentando garantías constitucionales y el debido proceso.

 

“Basta con una simple lectura de los fundamentos del planteo para considerar que efectivamente la negativa a la producción de la prueba solicitada por la defensa le irroga un grave perjuicio, ya que deja a su asistido sin posibilidad de sustentar su caso, lo sume en indefensión y por lo tanto el pronunciamiento deviene nulo”, señala el dictamen fiscal.

 

Además, Vehils Ruiz sostuvo que la prueba no buscaba aportar a la causa por "estafa" -de la que se apartó Contreras y cuya competencia debe resolverse en la Cámara Federal- sino por la acusación de "intermediación financiera no autorizada".  En esa línea, consideró que era "útil" la medida de prueba ofrecida por la defensa porque "tal constatación contribuiría a determinar si los fondos fueron aportados al ecosistema de  criptoactivos, o fueron volcados al circuito financiero sin la debida autorización", expresó.

 

"No existe razón objetiva, jurídica o fáctica que autorice al Sr. juez actuar del modo en que lo hizo, deviniendo su ejercicio jurisdiccional en un acto ilegítimo, arbitrario y por lo tanto nulo", cuestionó el fiscal.

 

Por otra parte, el representante del Ministerio Público Fiscal también criticó en su dictamen que el juez no lo notificó de la presentación que había realizado la defensa del trader. “No haberlo hecho es como callar a quien tiene la obligación de hacerse oír”, apuntó.

 

Ahora, Contreras deberá resolver si acepta el pedido y declara nulo su fallo, emite un nuevo fallo o si lo deniega y se origina un nuevo incidente que deberá ser resuelto por el tribunal de la Cámara Federal de Casación Penal de Tucumán.