La Corte de Justicia rechazó una casación de la defensa de Javier Galán y la investigación seguirá abierta

La Sala Penal declaró inadmisible el recurso con el que el diputado provincial buscaba revertir el rechazo al pedido de cierre de la causa por presunto abuso sexual. El máximo tribunal consideró que la resolución cuestionada no era definitiva y no analizó el fondo de la acusación.
sábado, 17 de octubre de 2026 0:00

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La Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca rechazó formalmente el recurso de casación presentado por la defensa del diputado provincial Javier Galán en la causa por presunto abuso sexual. De esta manera, quedó vigente la decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos que había desestimado el pedido de cerrar la investigación por el vencimiento de los plazos procesales.

 

El planteo había sido impulsado por el abogado defensor José Leonardo Berber, quien cuestionó que la investigación continuara pese a considerar agotados los tiempos previstos para su tramitación. El pedido había sido rechazado inicialmente por el Juzgado de Control de Garantías de Cuarta Nominación y luego por la Cámara de Apelaciones.

 

Al recurrir ante la Corte, la defensa buscó que se revisara esa última resolución. Sin embargo, los integrantes de la Sala Penal consideraron que no estaban dadas las condiciones legales para habilitar el tratamiento de la casación.

 

Los motivos del rechazo

 

En su resolución, el máximo tribunal provincial señaló que el Código Procesal Penal establece que la casación procede contra sentencias definitivas y determinadas decisiones que ponen fin al proceso, impiden su continuidad o generan otros efectos previstos por la normativa.

 

Según la Sala Penal, el pronunciamiento cuestionado no reunía esas características, ya que no cerraba la causa ni impedía que la investigación siguiera adelante.

 

Los jueces también observaron que la defensa no había demostrado la existencia de un perjuicio de imposible o difícil reparación posterior que justificara habilitar excepcionalmente la revisión. En ese sentido, sostuvieron que la invocación de garantías constitucionales, por sí sola, no alcanza para abrir esa vía si no se explica cuál es el daño concreto que ocasiona la resolución impugnada.

 

La inadmisibilidad del recurso impidió que la Corte examinara los argumentos de fondo presentados por la defensa. Por lo tanto, el fallo no constituye un pronunciamiento sobre la existencia de los hechos denunciados ni sobre la responsabilidad penal de Galán.

 

La Cámara había declarado inconstitucional un artículo del Código Procesal Penal

 

El antecedente inmediato se remonta a la resolución de la Cámara de Apelaciones, que rechazó el pedido de caducidad de la investigación y declaró, para este expediente, la inconstitucionalidad del artículo 20 del Código Procesal Penal de Catamarca en lo referido al plazo de caducidad de la investigación sumaria.

 

Los camaristas fundamentaron esa decisión en la presunta incompatibilidad de la aplicación de ese plazo con la Constitución Nacional y los instrumentos internacionales de derechos humanos, particularmente con las obligaciones estatales de actuar con debida diligencia frente a hechos de violencia contra las mujeres.

 

Con el rechazo de la casación, la Corte dejó vigente lo resuelto por la Cámara, aunque no revisó los fundamentos de esa declaración de inconstitucionalidad.

 

El antecedente del pedido de desafuero

 

Galán también enfrenta otra causa judicial, distinta de la investigación por presunto abuso sexual, en la que se solicitó su desafuero por un supuesto caso de peculado de servicios.

 

En septiembre, la Cámara de Apelaciones confirmó el pedido vinculado con esa imputación, a partir de la denuncia de un colaborador que afirmó que figuraba como empleado legislativo, pero que debía trabajar en uno de los corralones del diputado.

 

En ese expediente, el tribunal descartó las acusaciones por amenazas y exacciones ilegales y circunscribió el pedido de desafuero al presunto peculado de servicios, por lo que la solicitud debía avanzar a la Legislatura para su eventual tratamiento.

 

Tras aquel pronunciamiento, Galán negó haber cometido los hechos que se le atribuyen y sostuvo que se presentaría ante la Justicia para demostrar su inocencia. En esta oportunidad, según la información disponible, no realizó declaraciones públicas sobre la decisión de la Corte en la causa por presunto abuso sexual.

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